La opción del cooperativismo cultural

Por: Javier J. Hernandez Acosta Email: javihernandez@yahoo.com

La estructura organizacional, así como su filosofía, son aspectos indispensables en la planificación y desarrollo de una empresa o proyecto cultural.  En últimos años, la alternativa del cooperativismo ha cobrado importancia, más allá del tradicional sector de ahorro y crédito.  Aunque por muchos años existieron cooperativas no financieras de naturaleza agrícola e industrial, hemos visto una proliferación en sectores de servicios profesionales, comercio y grupos de trabajadores.  Sin embargo, la falta de entendimiento de su filosofía y estructura ha provocado un crecimiento bastante moderado y lento, si se compara con su potencial real.

La Liga de Cooperativas, a través de su página de internet, define que “El Cooperativismo es una doctrina socio-económica que promueve la organización de las personas para satisfacer, de manera conjunta sus necesidades”   De igual forma, podemos definir la cooperativa como “una asociación autónoma de personas agrupadas voluntariamente para satisfacer sus necesidades económicas, sociales y culturales comunes, por medio de una empresa que se posee en conjunto y se controla democráticamente.  Las cooperativas se crean por necesidades económicas y sociales, operan sin fines de lucro.  Su gobierno se establece sobre bases democráticas, cada socio puede llegar a ser un director.  No se especula con las acciones de los socios, las economías se les devuelven a los socios a base del patrocinio de cada uno.  En efecto, la identidad del sistema cooperativo se fundamenta en los principios y valores.  El cooperativismo es la puesta en práctica de los valores de igualdad, justicia, ayuda mutua, esfuerzo propio, honestidad, responsabilidad social, democracia, constructividad, sacrificio y solidaridad.  Lo más importante en la organización cooperativa es el ser humano.” Sobre estas bases resulta necesario comentar sobre algunos de los principios prácticos del cooperativismo y algunos retos que enfrentan los proyectos que evalúen esta alternativa.

Tipos de Cooperativas

A parte de las Cooperativas de Ahorro y Crédito, la Ley 239 del 2004 establece otros tipos de cooperativas que incluyen las de trabajadores, usuarios, vivienda, consumo o mixtas.  El tipo de cooperativa es la que define quien es el socio y no lo que esta ofrece.  Por ejemplo, una cooperativa que ofrece servicios culturales a una población o comunidad, podría ser una de trabajadores si son los artistas quienes la organizan, o una de consumo, si es un segmento del público o de la audiencia quien la forma.

Gobierno cooperativo

En términos generales, una cooperativa tiene la misma estructura de una corporación. Una Junta de Directores, la gerencia, los empleados y los socios.  Una de las diferencias significativas es que en las cooperativas, los socios tienen derecho a un sólo voto, sin importar la cantidad de acciones que posea.  En ese sentido, se trata de una estructura democrática, ya que el eje central es el individuo y no el capital.  De igual forma, se cuenta con cuerpos de autorregulación auditoría interna como lo son los Comités de Supervisión, y de un Comité de Educación que fomenta la enseñanza y promoción de los valores cooperativistas.

Distribución de los sobrantes

En las corporaciones tradicionales los sobrantes al final de año se distribuyen proporcionalmente al capital en acciones de sus socios dueños.  Como mencionamos en la sección anterior, en una corporación, el voto tiene el peso de su capital, o sea mientras más acciones, mayor participación en la toma de decisiones.  Las cooperativas pueden distribuir su sobrante de acuerdo al volumen de sus acciones, pero incorporan el elemento del patrocinio.  Esto supone el consumo de productos o servicios o las horas trabajadas, dependiendo del tipo de cooperativa.  En ese sentido, se trata de una distribución más justa de riqueza, que no sólo toma en consideración la inversión inicial de capital, sino el apoyo posterior en términos de consumo o trabajo.

Exención Contributiva

Existe cierta confusión sobre si las cooperativas son o no sin fines de lucro. En ocasiones se dice que no, con el fin de diferenciarlas de las corporaciones tradicionales. Lo cierto es que las cooperativas distribuyen su sobrante entre los socios dueños, por lo tanto, tienen un fin de lucro.  Sin embargo, para propósitos contributivos, las cooperativas están extensas de pagar contribución sobre ingresos, porque estas se distribuyen equitativamente entre los socios, y porque existe una política pública de fomentar su desarrollo.  Adicional a esto, también están exentas del pago por concepto de licencias, sellos, permisos y del Impuesto de Ventas y Uso (IVU) para sus compras.

Algunos retos y preocupaciones de las cooperativas culturales

La toma de decisiones

Por la naturaleza democrática de las cooperativas, estas deben asegurarse de desarrollar procesos ágiles de toma de decisiones.  El mercado experimenta cambios constantes que requieren reacciones rápidas de las empresas, y ocasiones, la búsqueda de consenso puede dilatar este proceso, lo que redunda en desventajas con respecto a la competencia.

Socios

Una de las preocupaciones mayores a la hora de establecer cooperativas culturales es la definición de quienes serán sus socios.  En el caso de las cooperativas trabajo es vital que se estudie el perfil del socio para asegurar una uniformidad en su potencial de aportar a la cooperativa.  Cuando existen varios niveles en términos de profesionalismo, se tiende a polarizar el patrocinio a la cooperativa, lo puede redundar en cuestionamientos y diferencia en la forma en que los socios se benefician de la misma.  Por ejemplo, en una cooperativas de artistas, todos deben tener la misma capacidad de aportar trabajo, a través de una evaluación previa a la aceptación de socios, de esta manera se aseguran unos parámetros que garanticen el buen posicionamiento y éxito de de la cooperativa.

Misión y objetivos

En muchas ocasiones, el ejercicio de definir la misión, metas y objetivos, los cuales quedan plasmados en las clausulas de incorporación y reglamento, se hacen con prisa, pensando que en términos prácticos los mismos están claros.  Resulta que al ser parte de los documentos oficiales, los mismos tienen un peso legal en caso de cualquier conflicto, por lo que no debe pasarse por alto su clara definición.  Establezca objetivos concretos a través de los cuales pueda medir su desempeño.  Sin embargo, deje la puerta abierta para la diversificación sin tener que pasar por el riguroso proceso de las enmiendas al reglamento.

Capital

Aunque las cooperativas tienen el mismo acceso a capital que cualquier otro negocio, uno de los principios es la autogestión, por lo que los socios deben tener plena conciencia del riesgo que involucra cualquier gestión empresarial.  En ese sentido, es importante levantar un capital inicial en acciones que sea adecuado de acuerdo a la magnitud operacional de la cooperativa.  De igual forma, ese capital inicial debe mantenerse y crecer mediante la reinversión de los sobrantes o a través de aportaciones constantes de los socios.

Modelo de Negocios

Defina claramente cuál es su modelo de negocios antes de solicitar orientación de entidades gubernamentales.  Es usted quien conoce su industria y como funciona.  Las entidades gubernamentales los guiarán en el proceso de organizar la cooperativa, pero ciertamente, no son expertos en su industria.  No espere que el gobierno le diga si su proyecto es viable. Investigue y prueba que funciona y es sostenible antes de dar el próximo paso.

Formación cooperativista

Para recibir orientación sobre la organización de cooperativas puede comunicarse con la Comisión de Desarrollo Cooperativo al 787 763 2097 o a través de www.cdcoop.pr.gov.  La Comisión cuenta con oficinas regionales a través de las cuales le asignarán un técnico para su caso.